El acceso a servicios públicos en condiciones de igualdad es una premisa fundamental para alcanzar el bienestar social y garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas. En el Perú, diversos grupos en situación de vulnerabilidad enfrentan grandes obstáculos para acceder a tales servicios y, lamentablemente, estos obstáculos se encuentran vinculados a motivos étnico-raciales. Como muestra de ello, la I Encuesta Nacional de Percepciones y Actitudes sobre Diversidad Cultural y Discriminación Étnico-Racial (Mincu 2018) evidenció que los lugares donde los peruanos y peruanas se han sentido más discriminados/as son los hospitales públicos o postas médicas (22%), las comisarías (19%) y las municipalidades (14%).
Ante esta problemática, resulta necesario adoptar medidas que se enfoquen en erradicar toda práctica discriminatoria basada en motivos étnico-raciales por parte de los agentes estatales o privados que se encargan de la prestación de servicios públicos a la población. Estas prácticas discriminatorias consisten en toda distinción, exclusión, restricción o preferencia hacia una persona o grupo de personas basada en características étnicas y/o culturales (ascendencia, origen étnico o nacional, variaciones lingüísticas, idioma o lengua materna, indumentaria, uso de signos y símbolos tradicionales, hábitos, etc.) o físicas (color de la piel, tipo de cabello, rasgos faciales, etc.), que tenga como finalidad o resultado la limitación o denegación en el reconocimiento y pleno ejercicio de sus derechos fundamentales1. En nuestro país, la discriminación está expresamente prohibida por la Constitución y las normas vigentes, por lo tanto, las entidades y servidores públicos deben adoptar acciones positivas que garanticen una igualdad real o sustancial. En ese marco, se requiere brindar servicios públicos con pertinencia cultural.
¿En qué consiste un servicio público con pertinencia cultural?
Se trata de aquellos servicios que incorporan el enfoque intercultural en su gestión y prestación; es decir, se ofrecen tomando en cuenta las características culturales particulares de los grupos de población de las localidades en donde se interviene y se brinda atención. Implica la adaptación de todos los procesos del servicio a las características geográficas, ambientales, socioeconómicas, lingüísticas y culturales (prácticas, valores y creencias) del ámbito de atención del servicio, así como la valoración e incorporación de la cosmovisión y concepciones de desarrollo y bienestar de los diversos grupos de población que habitan en la localidad, incluyendo tanto las poblaciones asentadas originalmente como las poblaciones que han migrado de otras zonas2.
Por ejemplo, en el ámbito de la salud, se puede hacer referencia a los servicios ginecológicos y obstétricos. El parto en posición horizontal es la forma más común de dar a luz en la cultura occidental; sin embargo, puede ser vivida por las mujeres indígenas como una experiencia contraria a sus creencias y costumbres que, en determinados casos, podría calificarse como violencia obstétrica. De este modo, en aplicación del enfoque intercultural, es importante promover la incorporación de prácticas tradicionales basadas en los valores y concepciones propios de los usuarios de los servicios de salud, como sería el caso del parto en posición vertical. Esta adecuación cultural no solo incide en la atención integral y de calidad de las mujeres indígenas gestantes, sino que también genera un claro impacto en la reducción de muerte materna y perinatal3.
Es preciso recordar que la incorporación de programas de pertinencia cultural en todos los servicios públicos constituye una obligación del Estado, se debe cumplir de forma progresiva y tiene estrecha relación con la garantía del derecho a la identidad cultural y étnica. Además, si los ciudadanos no acceden a servicios públicos por motivos étnicos o raciales, aquello aumenta la vulnerabilidad e impide el desarrollo pleno de los grupos históricamente discriminados como los pueblos indígenas u originarios andinos y amazónicos, las comunidades nativas y campesinas, la población afroperuana y las personas de origen o ascendencia andina, amazónica o afroperuana.
Para garantizar la pertinencia cultural en los servicios públicos, el Poder Ejecutivo ha presentado al Congreso el Proyecto de Ley N° 3797 para prevenir, eliminar y sancionar el racismo y la discriminación racial en nuestro país. Este señala, entre otras cosas, que las entidades de la administración pública y del ámbito privado que presten servicios públicos deben garantizar servicios libres de racismo y discriminación racial, y con pertinencia cultural. Las entidades deben realizar, como mínimo, las siguientes acciones:
- Implementar mecanismos para prestar servicios considerando las características culturales particulares de las personas y grupo de personas donde se brinda atención, como por ejemplo, la lengua.
- Implementar programas de formación y capacitación a los servidores públicos sobre diversidad cultural, derechos lingüísticos, racismo y discriminación racial, orientados a la prestación de servicios sin discriminación y con pertinencia cultural
- Implementar mecanismos de denuncia o queja y establecer protocolos de atención y, de ser el caso, sanción frente a casos de discriminación racial.
- Abstenerse de emitir anuncios que tengan mensajes o contenidos racistas o discriminatorios en contra de los grupos históricamente discriminados.
- Promover, cuando corresponda, mecanismos de participación de los grupos históricamente discriminados para la mejora continua de los servicios.
Esta iniciativa tiene por finalidad promover el respeto, la valoración de la diversidad cultural y la lucha contra la discriminación. Solo de esta manera será posible garantizar que todos los peruanos y peruanas ejerzan sus derechos en igualdad de condiciones.
CONCURSO BUENAS PRÁCTICAS INTERCULTURALES EN GESTIÓN PÚBLICA
El Concurso de Buenas Prácticas Interculturales en la Gestión Pública (BPI) es realizado desde el año 2014 por el Ministerio de Cultura y tiene como objetivo promover el reconocimiento positivo de la diversidad cultural en la gestión de los servicios públicos que se entrega a la ciudadanía, así como en la cultura organizacional de las instituciones que los promueven.
UN CASO: PRÁCTICA GANADORA 2018
Nombre: Nacer bien en la Amazonía Indígena
Institución: DIRESA Loreto
Lugar: Loreto, Perú.Nacer bien en la Amazonía Indígena es una intervención basada en la construcción de servicios de salud materno-neonatales con pertinencia intercultural en los establecimientos de salud de Indiana, Mazán y Nauta, a partir del diálogo intercultural entre el personal de salud y la comunidad. Es un proceso de articulación con parteras tradicionales donde se han intercambiado los cuidados y prácticas de la madre y del recién nacido, se han discutido y validado las salas de parto de acuerdo a la cultura local y se ha capacitado a las parteras en la identificación de signos de peligro durante el embarazo, parto, puerperio y del recién nacido. Para conocer más sobre esta práctica, dale clic a este enlace.
1 Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, 1965.
2 Ministerio de Cultura, 2015.
3 Ministerio de Salud. N